Elecciones
FRACASÓ LA CONSULTA: SOLO PARTICIPÓ ALREDEDOR DEL 7%
La consulta popular para enjuiciar a expresidentes fracasó de manera estrepitosa.
El conteo rápido del Instituto Nacional Electoral (INE) arrojó que el porcentaje de participación osciló entre el 7.07 y el 7.74 por ciento.
Para que la consulta fuera vinculante se necesitaba que el 40 por ciento de la lista nominal participara en el ejercicio.
En tanto, respecto al resultado de la votación, entre el 89.36 y el 96.28 por ciento votaron por el “Sí”, es decir, para investigar crímenes cometidos por los titulares del Ejecutivo en los sexenios pasados. Mientras que entre el 1.38 y el 1.58 por ciento votaron por el “No”, según el conteo rápido del árbitro electoral.
Los votos nulos, por otra parte, oscilan entre el 2.19 y el 9.21 por ciento.
Ésta es la estimación de resultados de la #ConsultaPopular2021 de acuerdo con el conteo rápido elaborado por el @INEMexico pic.twitter.com/GR8LBaSNqC
— Lorenzo Córdova V. (@lorenzocordovav) August 2, 2021
El Instituto detalló, previamente, que de las 57 mil 077 mesas receptoras programadas para la consulta popular se instalaron 57 mil 014 (lo que representa el 99.98 por ciento).
Asimismo, el organismo señaló que al corte de las 16:00 horas (horario del centro del país) se habían reportado un total de 476 incidentes, de los cuales cuatro se trataron de inutilización de boletas antes de las seis de la tarde, por parte de funcionarios de mesas receptoras de opinión.
Para que una consulta popular sea vinculante, según la Ley Federal de Consulta Popular, se requiere que la participación total corresponda, al menos, al 40 por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores. Solo en este caso los poderes Ejecutivo y Legislativo federales, así como las autoridades competentes, iniciarán las acciones legales correspondientes con el resultado.
“Cuando el informe del Instituto indique que la participación total en la consulta popular corresponda, al menos al cuarenta por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores, el resultado será vinculatorio para los poderes Ejecutivo y Legislativo federales, así como para las autoridades competentes, y lo hará del conocimiento de la Suprema Corte, la cual notificará a las autoridades correspondientes para que dentro del ámbito de su competencia realicen lo conducente para su atención”, señala el Artículo 64 de la Ley Federal de Consulta Popular.
La pregunta que contestaron los ciudadanos en la papeleta este domingo fue la siguiente: ¿Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos, encaminado a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?
Dado que no se alcanzó el mínimo de la votación, la consulta no será vinculante, esto es: no se llevarán a cabo las acciones legales encaminadas al enjuiciamiento de políticos.
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EL MÓDULO DEL INE ESTE MIÉRCOLES 12 Y JUEVES 13 EN ÁLAMOS
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Miércoles 12 y Jueves 13 de Octubre estará en Álamos el Módulo del INE aprovecha y acude a tramitar tu credencial.
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NOTA: En caso de no contar con identificación con fotografía y/o comprobante de domicilio, deberá acudir con dos testigos que cuenten con credencial de elector vigente (tus testigos deberán ser familiares, amigos, vecinos o conocidos) por los menos uno que viva en el municipio y otro de la entidad.
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ALFONSO DURAZO PROMUEVE EN EE. UU. LAS VENTAJAS COMPETITIVAS DE SONORA
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TEPJF CONFIRMA PÉRDIDA DE REGISTRO DE TRES PARTIDOS POLÍTICOS
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación(TEPJF) rechazó este miércoles regresar el registro a los partidos Fuerza por México, Partido Encuentro Solidario (PES) y Redes Sociales Progresistas (RSP).
Los magistrados del Tribunal votaron en contra del proyecto -seis votos en contra y uno a favor- presentado por el magistrado Indalfer Infante, quien argumentaba en el expediente SUP-RAP-420/2021 que la pandemia de Covid-19 había impedido a Fuerza por México obtener un 3% de la preferencia electoral, y proponía devolver el registro al partido.
Por otro lado, los magistrados de la Sala Superior votaron a favor de los proyectos contenidos en los expedientes SUP-RAP-421/2021 -seis votos a favor y uno en contra- y SUP-RAP-422/2021 -por unanimidad-, que proponían ratificar el dictamen del Instituto Nacional Electoral (INE) de retirar el registro al PES y a RSP, y que estuvieron a cargo de la magistrada Janine Otálora y del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, respectivamente.
Reyes Rodríguez Mondragón, presidente del TEPJF, aseguró que la participación de la ciudadanía en las urnas durante 2021 muestra que, pese a la pandemia, salió a votar durante las elecciones de ese año.
“La asistencia de más del 52% de la ciudadanía a las urnas en 2021, frente al 48% de 2015 refleja que la pandemia no tuvo ese efecto. De hecho, retomando las experiencias de 2009 y 2003 se observa que la participación había sido del 44.8% y del 41.5% respectivamente, de forma que a pesar de la pandemia se mantuvo la tendencia creciente de la participación ciudadana”, expresó.
Por su parte, el magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera dijo que no es posible, de acuerdo a la normatividad, mantener el registro de aquellos partidos políticos que no obtuvieron el 3% de la votación emitida válida en la pasada jornada electoral federal para renovar la Cámara de Diputados.
En tanto, y en el mismo sentido, el magistrado José Luis Vargas Valdez reconoció que la pandemia afectó a todos los partidos políticos, pero, acotó, no consideraba que el impacto contra Fuerza por México, el PES y RSP fuera mayor que el experimentado por los otros partidos que sí rebasaron el umbral del 3% de la votación.
“No logro ver que exista un impacto diferenciador, como lo argumentan los partidos, y tampoco encuentro que eso haya sido desproporcionado para estos. Todos tuvimos esas mismas dificultades y sin duda estos partido políticos, no obstante no fueron muy distintas a los otros partidos que sí pasaron el umbral del 3%”, dijo.
Ayer, la Junta de Coordinación Política (Jucopo) de la Cámara de Diputados firmó un acuerdo con el que exhorta al Tribunal a no devolver el registro de partido a Fuerza por México, agrupación política vinculada con el senador Pedro Haces Barba, y respetar lo establecido en la Constitución.
En el oficio, firmado por los integrantes de la Jucopo en San Lázaro y dirigido a la Sala Superior del TEPJF, los diputados exhortaron a los magistrados electorales a “no realizar interpretaciones que excedan los parámetros mínimos dispuestos por los principios fundamentales en materia electoral”.
Cabe recordar que el pasado 30 de septiembre, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó el dictamen por el cual se avaló la pérdida de registro de los partidos políticos Fuerza Por México, Redes Sociales Progresistas (RSP) y el Partido Encuentro Solidario (PES).
Estos tres partidos políticos no lograron superar el 3% de los votos en las elecciones para diputaciones federales realizadas el 6 de junio, porcentaje mínimo para mantener el registro.
Sin embargo, el TEPJF busca cambiar la suerte de Fuerza por Méxicoy devolverle el registro que le revocó el INE.
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